Vidavisión... ¿pa' la casa?

  • Por Canal Preto
  • julio 08, 2005

Vidavision
¿Ya notaron los que no tienen cable la linda y "sana" carta de ajuste del canal 2 en Santiago? Pues bien, los propietarios de la señal, Radio Cooperativa, la vendieron a la sociedad Alfa 3 quienes pondrán al aire la señal Telecanal (o TeleC) en la frecuencia 2, reemplazando al patético y machetero canal Vidavisión.

Como aquí en Canal Pretoriano nos interesa qué hace la competencia y nos gusta consultar las fuentes originales, nuestro instinto básico nos condujo a visitar el sitio web de Pida... perdón, Vidavisión pero... oh... ¡está caído! (para variar).

Creemos, aquí en Canal Pretoriano, que no son buenos tiempos para que entren competidores al mercado de la televisión abierta en Chile. En la práctica no se puede entrar "chico", se debe entrar grande, grande como los "grandes", vale decir Canal 13, TVN, Mega, etc. Si entras chico, sonaste, nadie te pesca. Fue lo que le pasó a Rock & Pop TV, Gran Santiago, ABT... ¿TVO talvez?. Y por tanto, la gente ya no está expectante ante la llegada de canales nuevos a la TV abierta (como lo fue en tiempos de Megavisión, en que la gente estaba aburrida con 3 o 4 canales y quería algo "nuevo"), porque existe esa idea preconcebida de que se trata de "canales piñuflas, fomes". Y ello se confirma con la última aparición hace algún tiempo... ¿o es que ya alguien encontró eso con lo que TVO decía que venía a romper? "TVO rompe con todo"... las balls...

Tirarse con un nuevo canal hoy en día en Chile, a menos que se sea un magnate supermillonario, es ir a pérdida. Lo siento.

La misma Radio Cooperativa contando de esto [via]

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4 comentan

  1. hola hola
    hawain tropic...
    aloha!!!!

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  2. HOla... Chico informado

    Canal 2... vidavisión...
    EL antiguo R&P dejó buenos recuerdos en mucho de nosotros... era una lastimoso ver al pastor Martínez... en la misma señal.

    Gueno, ahora tendremos un canal dedicado a las series y con una orientación mas bien a las mujeres.

    Veremos que trae la Ola...

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  3. Anónimo8/06/2005

    Si tu interés es consultar a la fuente, me parece más patético de tu parte conformarte con visitar un sitio web, el cual no te garantiza ni siquiera estar tutelado por la misma entidad. Para eso, debes dirijirte a las instalaciones e intenter entrevistar a los protagonistas. Bueno, tu propiedad no sobrepasa las fronteras del www, así que no te pedimos más. Atte. Periodista.

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  4. Anónimo4/21/2008

    1. Listado de demandas laborales en contra de Vida Visión (la mayoría por no pago de imposiciones)
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 5º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-1388/2003 Despido Injustificad Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 8º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-6396/2004 Otros Ejecutivos Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 3º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-6124/2004 Despido Injustificad Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 6º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-2418/2004 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 9º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-5785/2004 Otros ordinarios Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 6º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-251/2006 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 7º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-2917/2004 Otros Ejecutivos Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 8º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-1680/2005 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 1º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-5415/2005 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 4º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-1793/2004 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 9º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-3401/2005 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 4º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-3908/2004 Despido Injustificad Demandado
    VIDA VISION S.A. 1º JUZGADO DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL L-2771/2003 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION S.A. 1º JUZGADO DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL L-3300/2000 Otros Ejecutivos Demandado
    VIDA VISION S.A. 1º JUZGADO DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL L-431/2003 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION S.A. 1º JUZGADO DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL L-3737/2000 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION S.A. 1º JUZGADO DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL L-3474/2000 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION S.A. 1º JUZGADO DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL L-348/2000 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION S.A. 1º JUZGADO DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL L-4401/2000 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION S.A. 1º JUZGADO DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL L-5324/2000 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 8º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-4565/2004 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 4º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-2894/2005 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 2º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-1788/2005 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 1º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-66/2005 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 1º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-4161/2004 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 4º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-2659/2004 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 3º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-1605/2004 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 6º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-423/2004 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 1º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-5161/2004 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 7º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-3976/2004 Otros Ejecutivos Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 8º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO L-1087/2004 Otros Ejecutivos Demandado
    VIDA VISION S.A. 1º JUZGADO DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL L-1962/2002 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION S.A. 1º JUZGADO DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL L-5300/2000 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION S.A. 1º JUZGADO DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL L-2847/2000 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION S.A. 1º JUZGADO DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL L-155/2003 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION S.A. 1º JUZGADO DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL L-3663/2000 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION S.A. 1º JUZGADO DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL L-1184/2000 Cobranza de imposici Demandado
    VIDA VISION S.A. 1º JUZGADO DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL L-4467/2000 Cobranza de imposici Demandado
    Listado de demandas Civiles
    MISION CRISTIANA VIDA VISION 5º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO C-15710/2007 Arrendam.terminación Demandado
    MISION CRISTIANA VIDA VISION 5º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO C-2080/2006 Cheque, notificación Tercerista
    MISION CRISTIANA VIDA VISION 18º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO C-6695/2005 Otros Sumarios Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 26º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO C-2940/2005 Obligación de dar, c Demandado
    VIDA VISION COMUNICACIONES S.A. 9º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO C-3584/2007 Pesos, cobro de Demandado
    VIDA VISION S.A. 1º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL C-4481/2000 Reconocimiento firma Demandado
    VIDA VISION S.A. 1º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL C-3259/2000 Letra de cambio, cob Demandado
    VIDA VISION S.A. 4º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL C-3409/2001 Arrendam.terminación Demandado
    Copia de la Sentencia, seguida ante el 4º Civil de San Miguel, Rol Nº 3409-2001. Demanda hecha a Vidavisión S.A, por no pago de arriendo en Pedro Mira. Deuda que todavía no pagan, ya que se arrancaron y crearon una nueva sociedad Vida Visión Comunicaciones.
    VISTOS:
    A fs.1 comparece MARIANO IGNACIO SAAVEDRA ARAOS, factor de comercio,
    en representación de EDUARDO DANIEL OGUETA ESCOPELITO, empleado,
    según consta del mandato que se acompaña en autos, y deduce demanda
    de terminación de contrato de arrendamiento en contra de VIDAVISION
    S.A., persona jurídica de derecho privado dedicada al giro de
    producciones audiovisuales, representada por don ALEJANDRO MARTINEZ
    VELIZ, ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en Fuenzalida
    Urrejola Nº172, La Cisterna.
    Señala que su representada tiene dada en arrendamiento la propiedad
    que le sirve de domicilio a la demandada por la renta mensual de $
    437.885, adeudando a la fecha las rentas correspondientes a todo el
    período de vigencia del contrato lo que suma un total de $12.539.419.
    Agrega, que se pactó que por dos años y medio se descontaría
    de la renta la suma de $ 150.000 por concepto de
    arreglos y mejoras que se harían en la propiedad, lo que a lo
    adeudado se debe descontar la suma de $4.500.000, quedando un saldo
    de $8.039.419. Indica también que el demandado debe pagar las rentas
    que se devenguen durante el juicio, los
    consumos de servicios que acceden a la propiedad y perjuicios
    provocados en el inmueble los que acreditará oportunamente, los que
    solicita se tengan comprendidos en la demanda de acuerdo a lo
    dispuesto en el inciso 2º del artículo 10 de la Ley Nº18.101.
    Manifiesta que a los montos ya referidos deben entenderse
    contados los
    reajustes legales y las multas establecidas en la cláusula quinta
    del contrato.
    Termina solicitando se declare la terminación inmediata del
    contrato de arrendamiento por no pago de rentas adeudadas, consumos
    de servicios, multas, perjuicios, rentas devengadas durante la
    tramitación de la causa, sumas que deberán pagarse debidamente
    reajustadas, ordenándose la restitución del inmueble, con costas.
    A fs.3 el demandante corrige la demanda señalando que en el
    contrato se estipuló un anexo que estableció que se cobrarían por
    treinta meses la suma de $250.000 fijo por renta y $150.000 se
    dejarían para arreglos de la propiedad por lo que, de acuerdo a lo
    expresado lo adeudado por concepto de rentas de arriendo hasta el
    mes de septiembre del 2001 es de $12.437.885, y no la cantidad
    señalada en la demanda, por lo que descontados los arreglos que
    ascienden a $4.500.000, queda un saldo adeudado de $7.937.885.
    A fs. 7 se llevó a efecto el comparendo de estilo en rebeldía de la
    demandada, el tribunal llamó a las partes a conciliación la que no
    se produce y se recibió la causa a prueba.
    A fs. 18 se citó a las partes para oír sentencia.
    CONSIDERANDO
    1º Que el actor a fs.1 deduce demanda de terminación de contrato de
    arrendamiento en contra de VIDAVISION S.A., representada por
    ALEJANDRO MARTINEZ VELIZ, ya individualizados, y solicita
    se declare la terminación inmediata del
    contrato de arrendamiento por no pago de rentas adeudadas que
    ascienden a $7.937.885, consumos
    de servicios, multas perjuicios, rentas devengadas durante la
    tramitación de la causa, sumas que deberán pagarse debidamente
    reajustadas, ordenándose la restitución del inmueble, con costas,
    fundado en las razones que se señalan en la parte expositiva de esta
    sentencia las que se dan por reproducidas, omitiéndose en esta
    sección del fallo por razones de economía procesal.
    2º Que la demandante se encuentra en rebeldía durante toda la
    tramitación de la causa.
    3º Que el actor acompaña la documental legalmente agregada y no
    objetada, consistente en contrato de arrendamiento de fecha 06 de
    julio del 2001.
    4º Que a fs.12 hay constancia del ministro de fe Fernando Aranguiz
    C., que la propiedad sub-lite se encuentra desocupada y sin
    moradores, procediéndose a la entrega de la propiedad al arrendador,
    como consta a fs.16.
    5º Que la parte demandada, coios ocasionados en el inmueble sub-lite, petición que deberá
    ser rechazada, debido a que no aportó prueba alguna al respecto.
    7º Que con la documental acompañada queda acreditada la existencia
    del contrato de arrendamiento, estipulaciones, modalidades del
    mismo y renta mensual pactada, por lo que procede acoger la demanda
    interpuesta a fs.1 en la forma que se expresa en la parte expositiva
    de este fallo y en consecuencia declarar terminado el contrato
    de arrendamiento por no pago de rentas y condenar al demandado al
    pago de las mismas.
    Y, visto, además, lo dispuesto en los artículos 1698, 1915, 1950,
    1977 del Código Civil; arts. 144, 160, 170, 346, 680 y sgtes. del
    Código de Procedimiento Civil; arts. 1º, 7, 8, 10, 15, 21 de la Ley
    Nº18.101, SE DECLARA:
    I.- Que HA LUGAR a la demanda de fs.1, con exclusión al pago de
    perjuicios.
    II.-Que se condena en costas al demandado.
    NOTIFIQUESE- REGISTRESE- ARCHIVESE.
    DICTADA POR DON VICTOR STENGER LARENAS, JUEZ TITULAR.
    AUTORIZA DOÑA LUZ MARIA AYALA RIQUELME, SECRETARIA SUBROGANTE.
    ppv

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